CEDULA HIPOTECARIA, EFECTOS DE LA FIJACION DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
De acuerdo con el artículo 993 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, los efectos de la fijación de una cédula hipotecaria, son los de que no se practique en el inmueble sujeto a la misma, ningún embargo, toma de posesión, diligencia precautoria o cualquiera otra que perjudique los derechos adquiridos por el acreedor hipotecario, por lo que la orden de una autoridad judicial para asegurar esos bienes, en garantía de los intereses de la masa de acreedores de la quiebra, del deudor hipotecario, dando posesión de los mismos al síndico respectivo, es indudable que vulnera la disposición legal citada, y, consiguientemente, las garantías constitucionales respectivas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361556-7b0f3fc4/cedula-hipotecaria-efectos-de-la-fijacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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