HIPOTECA. CEDULA HIPOTECARIA. FINALIDAD DE SU EXPEDICION (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
Es inexacto que la expedición de la cédula hipotecaria sea un presupuesto de la acción. En efecto, la citada cédula, como se desprende de los artículos 672, 674 y 675 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, más bien es una consecuencia del ejercicio de la acción hipotecaria que tiene como finalidad exclusiva proteger los derechos adquiridos por el actor mediante la constitución de la hipoteca, pues se expide y se fija en los inmuebles hipotecados para impedir que, por algún embargo, toma de posesión o providencia precautoria alguna, proveniente de juicio distinto, se entorpezca el curso del procedimiento o se afecten los derechos del actor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/240837-d3b6be34/hipoteca-cedula-hipotecaria-finalidad-de-su-expedicion-legislacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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