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SUPLICA, EN LOS AGRAVIOS DEBEN SEÑALARSE LAS LEYES INFRINGIDAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 361599 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 509

Son improcedentes los agravios que se aleguen al interponer el recurso de súplica, si en ellos no se señalan las disposiciones legales que se estimen infringidas, pues falta la base para el estudio de aquéllos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/361599-f3470e40/suplica-en-los-agravios-deben-senalarse-las-leyes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Recurso de súplica 240/32. López Manuel L. 22 de septiembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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