NOTIFICACIONES, NULIDAD DE LAS, EN LOS JUICIOS DE AMPARO.
Si la notificación de haberse interpuesto una demanda de amparo, se hace al tercero perjudicado, por conducto, de la autoridad responsable y en contra de aquélla se promueve un incidente de nulidad, ante el Juez de Distrito respectivo, no es jurídico que éste, para desechar de plano tal incidente, se apoye en que la nulidad de la notificación se imputa a la autoridad del orden común, ya que ésta no obró por sí, sino en representación del Juez Federal; por lo tanto que no puede decirse que la notificación impugnada, haya sido extraña, ajena o fuera de los autos relativos del juicio de amparo y del incidente de suspensión respectivo, y si se surten los requisitos establecidos por el artículo 17 de la Ley de Amparo, debe ser tramitada dicha solicitud de nulidad, por el Juez de Distrito, pues si el quejoso recurriera a la autoridad común, ésta nada podría decidir, por tratarse de resoluciones relacionadas con un juicio de amparo, y de aceptarse que el Juez de Distrito es extraño al procedimiento, se dejaría sin defensa al quejoso, puesto que no habría autoridad que conociera del incidente de nulidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362272-30b35255/notificaciones-nulidad-de-las-en-los-juicios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- NOTIFICACIONES EN EL AMPARO, NULIDAD DE. (s/clave)
- NOTIFICACIONES EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. EL INCIDENTE DE NULIDAD ES EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN IDÓNEO PARA COMBATIR LA ILEGALIDAD DE LAS REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DEL AUTO QU (P./J. 27/2018 (10a.))
- AMPARO, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL (NULIDAD DE NOTIFICACIONES). (s/clave)
- QUEJA. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA EL RECURSO INTERPUESTO CONTRA EL AUTO QUE DECLARÓ LEGALMENTE HECHA LA NOTIFICACIÓN DE UNA SENTENCIA DE AMPARO, SI ANTERIOR A ELLO SE PROMOVIÓ INC (XV.1o.21 K)
- NOTIFICACIONES EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. EL INCIDENTE DE NULIDAD ES EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN IDÓNEO PARA COMBATIR LAS REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DEL AUTO QUE PREVIENE AL QUE (PC.VII.A. J/3 A (10a.))
- NULIDAD DE ACTUACIONES EN MATERIA DE AMPARO, INCIDENTE DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis