ACCION REIVINDICATORIA, DEMANDA EN CASO DE.
La Suprema Corte ha establecido que para ejercitar la acción reivindicatoria, no es necesario presentar la titulación correspondiente, desde su origen, y que para fundar la demanda, basta con la exhibición de los títulos inmediatos de adquisición.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362461-c894aa96/accion-reivindicatoria-demanda-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2102/31. Pereyra Petra. 28 de septiembre de 1932. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Joaquín Ortega no intervino en la discusión y votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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