NULIDAD, ACCION DE.
La acción de nulidad compete a las partes principales o a sus fiadores, y el hecho de que un individuo tenga interés en que se nulifique un contrato, en manera alguna puede significar que haya sido parte principal ni fiador en el mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362483-37e53239/nulidad-accion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3205/24. Agüeros de Pérez Piñera Luz. 5 de octubre de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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