REVISION.
Para que la Suprema Corte conozca el recurso de revisión, no es necesario que quien la interponga, comparezca ante dicho tribunal, a continuar en recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362754-e20f8dd5/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2501/31. Padilla Pascual y coagraviados. 3 de junio de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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