COSA JUZGADA.
Para que exista la cosa juzgada, es de todo punto indispensable que exista la identidad de objeto, de causa y de partes. El alcance exacto de la cosa juzgada lo define los puntos resolutivos de la sentencia y no las razones en que esa misma sentencia se haya apoyado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362791-8ab7318f/cosa-juzgada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2927/29. Coral de Velasco Rosa. 7 de julio de 1932. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Padilla y Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- COSA JUZGADA. (s/clave)
- COSA JUZGADA (s/clave)
- COSA JUZGADA. (s/clave)
- COSA JUZGADA. (s/clave)
- COSA JUZGADA, EXISTENCIA DE LA. (s/clave)
- COSA JUZGADA, CONDICIONES DE LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis