BOLETAS DE CONTRIBUCIONES, VALOR PROBATORIO DE LAS.
Cuando las boletas con que se acreditan los ingresos en las oficinas rentísticas de los impuestos que causa determinado establecimiento mercantil se encuentran a nombre de determinada persona, establecen presuntivamente, la existencia de los derechos de propiedad y posesión de esa persona, para los efectos del amparo, de acuerdo con los artículos 536, 538, 542 y 543 del Código de Procedimientos Civiles, ya que, por tratarse de bienes inmuebles, la ley no exige formalidades especiales o determinadas para acreditar la propiedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362898-3b00da49/boletas-de-contribuciones-valor-probatorio-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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