INFORMACION AD PERPETUAM, EFICACIA DE LA.
Si la información ad perpetuam se rinde con posterioridad a la fecha en que el albacea de una sucesión ha sido puesto en posesión de la cosa reclamada, en el interdicto de adquirir la posesión hereditaria, no es posible admitir que tal información pueda comprobar que la posesión fuese fundada en justo título, de buena fe, pacífica, continua y pública.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/362933-bc84ebea/informacion-ad-perpetuam-eficacia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 3773/30. Irribarren viuda de Mendía Soledad. 29 de agosto de 1932. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- INFORMACION AD PERPETUAM, EFICACIA DE LA. (s/clave)
- INFORMACION AD PERPETUAM, FUERZA DE LA. (s/clave)
- INFORMACION AD PERPETUAM, NO ACREDITA EL DERECHO DE PROPIEDAD. (s/clave)
- INFORMACIONES AD PERPETUAM, VALOR PROBATORIO DE LAS. (s/clave)
- INFORMACION AD PERPETUAM COMO MEDIO DE JUSTIFICAR DERECHOS HEREDITARIOS. (s/clave)
- INFORMACION AD PERPETUAM. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis