AMPARO Y SUPLICA.
Si bien la interposición de la súplica, hace improcedente la demanda de amparo, también lo es que si han sido desechados los recursos de súplica y denegada súplica, el agraviado tiene capacidad para ocurrir al amparo, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que pudieran existir.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364544-5342e029/amparo-y-suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia 2570/29. Ancira Fernando, sucesión de. 12 de febrero de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alberto Vázquez del Mercado y Juan José Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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