SUPLICA.
Si se interpone amparo contra el fallo que se recurre en súplica, queda sin efecto este último recurso, aun cuando la parte contraria se conforme con que se revise el auto denegatorio de la súplica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/280985-92ea7665/suplica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. Revisión del auto que desechó la demanda. Heredia Hermenegildo. 20 de julio de 1928. Presidente: Jesús Guzmán Vaca.
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