DENEGADA APELACION.
Este recurso procede cuando se niega la apelación, y el Juez de primera instancia sólo tiene las facultades que respecto de la tramitación, le otorga la ley; en consecuencia, no puede rechazar de plano la denegada apelación y está obligado a dar entrada al recurso, de acuerdo con su misma naturaleza y con los preceptos legales que la rigen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364775-ebe2f116/denegada-apelacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 909/29. Flores Julia. 14 de septiembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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