DENEGADA APELACION.
En los casos de denegada apelación, el Juez de primera instancia no tiene capacidad para resolver sobre la admisión del recurso, salvo cuando se ha interpuesto fuera de tiempo, y deberá limitarse a mandar extender el certificado que la ley previene que se sustancie la denegada apelación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365440-dffa79db/denegada-apelacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 286/721. Galarza Tomás. 30 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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