DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER.
No existe en el Código Federal de Procedimientos Penales, disposición que obligue a los juzgadores a dictar la práctica de diligencias para mejor proveer; pues como su mismo nombre lo indica, estas diligencias están al arbitrio de las autoridades, para ilustrar su criterio, pero no puede considerarse que el hecho de no mandar practicarlas, constituya una violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/364950-c8e8d41a/diligencias-para-mejor-proveer · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2717/27. López Rafael. 30 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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