PRESUNCIONES.
Esta prueba, considerada según la doctrina, como prueba artificial, se establece por medio de las consecuencias que sucesivamente se deduzcan de los hechos por medio de los indicios, siendo necesario que estos hechos estén en relación tan íntima con otros, que de los unos se llegue a los otros por medio de una conclusión muy natural; por lo que es necesario la existencia de dos hechos: uno, comprobando, y el otro no manifiesto aún, y que se trate de demostrar, raciocinado del hecho conocido al desconocido, siendo esta doctrina la adoptada por nuestra legislación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365002-f697fbf7/presunciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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