NULIDAD DE ACTUACIONES.
El decreto de 11 de mayo de 1929, expedido por el gobierno provisional de Sonora, estableció el término de dos meses para revalidar las actuaciones practicadas durante el movimiento rebelde, de marzo del mismo año y si los Jueces de ese Estado, sin que hubiera transcurrido ese término, decretaron la nulidad, de pleno derecho, en las actuaciones de un juicio, con ello violan las garantías individuales de los interesados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365072-0db2b3eb/nulidad-de-actuaciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 2533/29. Barnett Carlos. 21 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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