DESISTIMIENTO.
El desistimiento del quejoso no hace desaparecer las obligaciones que nacieron del procedimiento a que dio origen la demanda, y, por tanto, no puede traer consigo la revocación de la multa que por razón de la improcedencia del amparo, le haya impuesto el Juez del Distrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365229-04c10d29/desistimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Augusto de Miguel y Compañía. 22 de mayo de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alberto Vásquez del Mercado y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el número del asunto ni el nombre del ponente.
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