RESOLUCIONES JUDICIALES.
No pueden dar materia para el amparo, si han sido revisadas por la autoridad que, conforme a la ley de la materia, tenga facultad para hacerlo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365500-68233b11/resoluciones-judiciales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. González Cepeda Jacobo. 16 de agosto de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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