AGRAVIOS EN LA REVISION.
No pueden tomarse en cuenta, si las cuestiones relativas no fueron planteadas en la primera instancia del juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321445-d405d582/agravios-en-la-revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3802/41. Pérez Eugenio y coagraviados. 17 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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