REDITOS LEGALES.
El Código de Comercio establece que la demora en el pago del precio, constituye al deudor en la obligación de pagar réditos al tipo legal, sobre la cantidad que adeude, y la sentencia que así lo declare, no puede estimarse violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/365588-d98927b5/reditos-legales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 204/20. Ferrer Rodríguez José. 23 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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