EMBRIAGUEZ. PARA SU COMPROBACION NO SE REQUIERE NECESARIAMENTE DE PRUEBA PERICIAL.
El estado de embriaguez de una persona es un hecho que el común de la gente puede apreciar, sin necesidad de pruebas especiales, por lo que con mayor razón lo tiene que advertir quien por sus conocimientos médicos puede darse cuenta de cualquier alteración fisiológica de otra persona. Por lo mismo, si determinado médico certifica que un trabajador se encuentra en estado de ebriedad y no hay elemento para pensar que haya mentido, debe admitirse el hecho como cierto, aunque no se haya practicado prueba alguna de laboratorio o de otro tipo para llegar a la conclusión asentada en el certificado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366171-723741a7/embriaguez-para-su-comprobacion-no-se-requiere-necesariamente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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