Corpus
Modo: Corpus Pro

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, MOMENTO EN QUE NACE LA FACULTAD PARA SANCIONAR A LOS. PRESCRIPCION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 366389 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIX; Pág. 687

Las faltas en que incurran los empleados de las dependencias de gobierno, que por su naturaleza puedan ser conocidas de inmediato por el Jefe de la Oficina a la que el empleado está adscrito, prescriben en un mes, en los términos del artículo 87, fracción IV, del Estatuto Jurídico, contado a partir del día en que se cometen, porque la morosidad no es imputable al trabajador y éste no puede estar indefinidamente sujeto a la sanción.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366389-315a083d/trabajadores-al-servicio-del-estado-momento-en-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 488/55. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 31 de agosto de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.

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