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Modo: Corpus Pro

FALTAS DE ASISTENCIA QUE NO JUSTIFICAN EL DESPIDO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 366419 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVIII; Pág. 98

No deben tomarse como faltas de asistencia para justificar un despido, las que ocurran como consecuencia del mismo, porque ellas deben entenderse imputables al patrón al rescindir de propia autoridad el contrato de trabajo y no a hechos propios del trabajador.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366419-6d80999e/faltas-de-asistencia-que-no-justifican-el-despido · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6819/55. Florinda Santana. 6 de abril de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante. Nota: En el Informe de Labores de 1956, Cuarta Sala, página 18, esta tesis aparece bajo el rubro: "FALTAS DE ASISTENCIA."

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