JUBILACION, AUMENTO DE LA PENSION DE, POR AUMENTO DEL SALARIO.
La jubilación es un derecho extralegal, que no se encuentra consignado en la legislación del trabajo, esto es, se trata de un derecho de origen contractual o que deriva de la voluntad unilateral del patrón en favor de sus trabajadores. En tales condiciones, si la pretensión de los trabajadores de que la pensión jubilatoria se aumente en la medida que se aumentan los salarios correspondientes a los puestos que desempeñan al ser jubilados no encuentra apoyo en ninguna disposición del contrato colectivo, es inconcuso que tal pretensión tampoco puede encontrar fundamento en los principios de la Ley Federal del Trabajo, pues no consagrando ésta el derecho de jubilación, no pueden existir, en los términos de su artículo 16, principios en germen o disposiciones latentes derivados de la misma, que puedan servir para fijar el alcance de ese derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366573-44152e2c/jubilacion-aumento-de-la-pension-de-por-aumento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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