Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PRUEBA PERICIAL, FACULTADES DEL JUZGADOR PARA APRECIAR LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 366702 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 506

En materias que requieren conocimientos técnicos que no son de suponerse las tenga el juzgador, la prueba por excelencia son los peritajes que doctos en la materia rindan durante el juicio. Así pues, es indudable que el juzgador tiene la facultad de desechar tales peritajes cuando exprese razones convincentes para ello, pero cuando se ciñe a los que se hayan rendido, sobre todo al del tercero en discordia, no incurre en violación de precepto procesal alguno y obra justamente, pues se atiene para juzgar a una prueba idónea por todos conceptos; esto es, el juzgador debe presumir siempre, salvo evidencia manifiesta, que los peritos han agotado todos los medios de investigación a su alcance antes de dictaminar.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/366702-022be2f7/prueba-pericial-facultades-del-juzgador-para-apreciar-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 373/54. Petróleos Mexicanos. 16 de noviembre de 1955. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfonso Guzmán Neyra. Ponente: Mario G. Rebolledo F.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis