INDEMNIZACION POR RIESGO PROFESIONAL, SALARIO BASE PARA EL COMPUTO DE LA.
De acuerdo con el párrafo primero del artículo 293 de la Ley laboral en relación con el artículo 86 del propio ordenamiento, para fijar el monto de las indemnizaciones en el caso de riesgos profesionales, debe computarse únicamente el salario diario percibido por el trabajador en el momento en que se realice el riesgo y no multiplicando la percepción que por concepto de tiempo extraordinario disfrutaba el trabajador al sufrir el accidente que lo incapacitó.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367303-1b30f7b1/indemnizacion-por-riesgo-profesional-salario-base-para-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4879/53. Guadarrama Pérez Mario D. 21 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agapito Pozo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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