Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ANTIGÜEDAD, LOS DERECHOS QUE NACEN DE ELLA SON IMPRESCRIPTIBLES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 367378 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2410

Los derechos nacidos de la antigüedad, tales como la jubilación, aumento en los días de vacaciones, etc., son imprescriptibles, mientras el trabajador dure al servicio de la empresa, ya que la antigüedad en sí no es un derecho, sino un hecho que tiene un principio, que es la fecha en que se comienza a prestar los servicios, y que día a día va engrosándose con los que continúen prestándose en el tiempo. Sin embargo, cuando una empresa se niega a reconocer el hecho preciso de una antigüedad, o lo reconoce en forma diferente a la pretendida por el trabajador, nace para éste el derecho de ejercitar la acción pertinente para que se le reconozca su antigüedad en la forma debida, y este derecho a ejercitar una acción, aunque ligado con la antigüedad, si es prescriptible, y el término corre en la forma determinada por la Ley Federal del Trabajo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367378-c1f5e106/antiguedad-los-derechos-que-nacen-de-ella-son · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 3165/53. Alfaro Rodríguez Silverio. 24 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agapito Pozo.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis