CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL, TERMINACION DEL.
La sola circunstancia de que el trabajo sea temporal, no significa que pueda darse por concluido en cualquier momento al arbitrio de alguna de las partes, si no que en todo caso se está en la obligación de conocer si concurrieron motivos fundados para su terminación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367775-da21677d/contrato-de-trabajo-temporal-terminacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2566/47. González Rodolfo. 11 de noviembre de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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