ENFERMEDADES PROFESIONALES (SILICOSIS).
Si el trabajador laboraba en la superficie de la mina, pero en un medio que la ley tomó en cuenta como propicio para la adquisición de la enfermedad, y en distintas labores y por un tiempo total que excede ampliamente a cualquier periodo de los que se han señalado como suficientes para que se produzca la silicosis, es incuestionable que se trata de una enfermedad profesional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367892-83012b80/enfermedades-profesionales-silicosis · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7438/46. The Cananea Consolidated Copper Company. 10 de abril de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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