TRABAJO, PRUEBA DE TESTIGOS EN MATERIA DE.
Si la prueba se refirió a cuestiones técnicas, no es la prueba testimonial la adecuada para demostrar que los servicios se prestaron o dejaron de prestarse, sino que debe acudirse a la prueba pericial; ni tampoco importa que los declarantes sean empleados de confianza de la compañía demandada, porque el tribunal de trabajo de acuerdo con el artículo 550 de la ley relativa, esté capacitado para apreciar sus declaraciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367915-7e23e112/trabajo-prueba-de-testigos-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1283/52. Junta Municipal de Asistencia Social de Tampico, Tamaulipas. 27 de abril de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: Alfonso Guzmán Neyra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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