TRABAJO, OMISION DEL NOMBRE DEL ACTOR EN LA DEMANDA DE.
Si carece la demanda del presupuesto procesal indispensable consistente en que no se proporciona el nombre o los nombres de la parte actora, esta omisión no se combate por medio de un incidente de nulidad que, siendo de carácter procesal, únicamente puede intentarse por defecto de notificaciones, como claramente consigna el Código Federal del Trabajo y, en general, las demás leyes adjetivas, sino que la defensa que otorga con toda amplitud la Ley Federal del Trabajo, es oponer la excepción de obscuridad o defecto legal en la forma de proponer la demanda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/367980-bcd44bfa/trabajo-omision-del-nombre-del-actor-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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