SEGURO SOCIAL, FACULTADES DEL.
El Seguro Social, no está facultado por la ley que lo creó, ni por el reglamento de ésta, ni por otra alguna, para conceder licencias a los trabajadores por causas distintas de enfermedad, en este caso, el papel del médico del Seguro, se contrae a prescribir el descanso o el encamamiento del enfermo, por los días que juzgue pertinentes, lo que obliga a la empresa a conceder la licencia respectiva, y si no lo hace o no se solicita ni se le avisa, la prescripción médica puede servir en juicio para que se tengan por justificadas las faltas de asistencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368039-b31546fe/seguro-social-facultades-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SEGURO SOCIAL, FACULTADES DEL. (s/clave)
- FALTAS DE ASISTENCIA, JUSTIFICACION DE LAS, EN CASO DE ENFERMEDAD. (s/clave)
- TRABAJADORES, LICENCIA PARA QUE PUEDAN FALTAR A SUS LABORES. (s/clave)
- TRABAJADORES, FALTA DE ASISTENCIA DE LOS. (s/clave)
- SEGURO SOCIAL, INCAPACIDADES POR RAZON DE ENFERMEDAD EXPEDIDAS POR LOS MEDICOS DEL, NO ES UN MERO TRAMITE BUROCRATICO. (s/clave)
- SEGURO SOCIAL, FALTAS DE ASISTENCIA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL. JUSTIFICACION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis