SEGURO SOCIAL, FACULTADES DEL.
El Seguro Social, no está facultado por la propia ley que lo creó ni por el reglamento de ésta, ni por otra alguna, para conceder licencias a los trabajadores por causas distintas de la enfermedad del propio trabajador y aun en este último caso, el papel del facultativo del seguro, se contrae a prescribir el descanso o el encamamiento del enfermo, por los días que juzgue pertinentes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368826-10d6b8aa/seguro-social-facultades-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 694/49. "Auto Transportes Urbanos Círculo Azul", S.A. 14 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SEGURO SOCIAL, FACULTADES DEL. (s/clave)
- SEGURO SOCIAL, COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES FEDERALES DEL TRABAJO PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS EN QUE INTERVIENE EL. (s/clave)
- SEGURO SOCIAL, COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES FEDERALES EL TRABAJO PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS EN QUE INTERVIENE EL. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, ENFERMEDADES NO PROFESIONALES SUFRIDAS POR LOS. LICENCIAS. (s/clave)
- VACACIONES DEL TRABAJADOR ENFERMO. (s/clave)
- TRABAJADORES, FALTA DE ASISTENCIA DE LOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis