TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO PAGO DE SALARIOS CAIDOS A LOS.
Cuando el Titular de una Secretaría de Estado requiere la autorización del Tribunal de Arbitraje para dejar si efectos el nombramiento de un empleado público, por haber cometido las faltas enumeradas por la fracción V, del artículo 44 del Estatuto Jurídico, debe estimarse que si esta autorización no se obtiene en forma previa; independientemente de que el Tribunal encuentre justificado el cese, los salarios caídos deben pagarse, porque hasta el momento de dictarse el laudo cuando se produce el reconocimiento por la autoridad competente, de ser legal, el cese que se decretó.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368100-7c279075/trabajadores-al-servicio-del-estado-pago-de-salarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PAGO DE SALARIOS CAIDOS A LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS. SALARIOS CAIDOS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS, SIN LA AUTORIZACION DEL TRIBUNAL DE ARBITRAJE. EFECTOS RESPECTO AL PAGO DE SALARIOS. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO. SALARIOS CAIDOS, CONDENA AL PAGO DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, PAGO DE SALARIOS CAIDOS A LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis