TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, EXCEPCIONES A LA DESIGNACION DE LOS POR LA COMISION DE ESCALAFON.
El Estatuto Jurídico que rige las relaciones del Estado con sus trabajadores, establece que toda plaza de base vacante ha de llenarse con un empleado designado por la Comisión de Escalafón, excepto la última escalafonada y los supernumerarios y, para tal fin ha de concursarse; de manera que, si una plaza supernumeraria ha de convertirse en empleo de planta, en el preciso momento en que esto acontece, cesan los empleados transitorios, para dar lugar a la intervención de la Comisión de Escalafón, la que sólo ha de tomar en cuenta a los empleados de base que tengan más de seis meses de trabajar en la Dependencia de que se trate, según el artículo 41 del Estatuto Jurídico.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368157-0eb47f61/trabajadores-al-servicio-del-estado-excepciones-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES DEL ESTADO, DE BASE, NO PUEDEN SER DESCENDIDOS.- (546)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, DE BASE, NO PUEDEN SER DESCENDIDOS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO COMISIONADOS, DERECHOS ESCALAFONARIOS DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO PROVISIONALES. (s/clave)
- TRABAJADORES DE BASE AL SERVICIO DEL ESTADO. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REMOCION DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis