ARTICULO 13 CONSTITUCIONAL.
El artículo 13 constitucional tiene fines esencialmente presupuestales, en el sentido de impedir que puedan disfrutarse emolumentos sin prestar o desarrollar alguna actividad en beneficio del Estado; pero este artículo no tiene el alcance de relevar al mismo Estado de la obligación y responsabilidades que sean a su cargo y por ello, la condena al pago de salarios en favor de los trabajadores al servicio del Estado, no es contraria al artículo 13, porque no se trata de emolumentos en favor de una persona sin causa legal, sino de responsabilidades específicas del Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368236-b439e0ce/articulo-13-constitucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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