TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, LICENCIA DE LOS.
Si un trabajador al servicio del Estado pidió la prórroga de su licencia, tal petición no puede configurar abandono de empleo, si se toma en consideración que la dependencia respectiva está obligada a conceder la prórroga pedida, según lo dispuesto en la fracción IX del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión. Ahora bien, si por disposición de la Ley se establece un derecho para el trabajador, el ejercicio de ese derecho, dentro de sus propios límites, no puede implicar responsabilidad alguna para quien lo ejerce así.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368664-48406a2b/trabajadores-al-servicio-del-estado-licencia-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS, POR NO HABERSELES CONCEDIDO LA PRORROGA DE LICENCIA. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PUEDEN RENUNCIAR A UNA LICENCIA CONCEDIDA, SI ÉSTA AÚN NO ADQUIERE VIGENCIA.- (202)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PUEDEN RENUNCIAR A UNA LICENCIA CONCEDIDA, SI ÉSTA AÚN NO ADQUIERE VIGENCIA. (I.6o.T.122 L )
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, LOS TITULARES NO ESTAN AUTORIZADOS A CONCEDERLES LICENCIAS ILIMITADAS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, LAS LICENCIAS CONCEDIDAS A LOS, NO PUEDEN SER REVOCADAS. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PRÓRROGA DE LAS LICENCIAS SOLICITADAS A SU PUESTO DE BASE. (I.6o.T. J/34 (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis