RIESGO PROFESIONAL.
Si un trabajador era conducido en un camión de los que utiliza para sus trabajadores el patrón, del o al lugar donde aquél desarrollaba sus labores, y encontró la muerte en un accidente ocurrido al camión, en esas circunstancias, se trata de un riesgo profesional ocurrido con motivo de las labores que desempeñaba.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5710/49. Torres Centeno Joaquín. 25 de junio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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