PERIODICOS, VALOR PROBATORIO DE LOS.
Las noticias que consignan los periódicos respecto de sucesos que ocurren en la vía pública, por ser de fácil conocimiento del público, debe concedérsele valor probatorio pleno, por lo que respecta al hecho en lo general y valor presuntivo, por lo que se refiere a detalles o particularidades concurrentes del suceso origen de la noticia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368791-59b74d2c/periodicos-valor-probatorio-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7652/50. Lumbreras viuda de Valdez Dolores. 8 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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