ACCIDENTES DE TRABAJO.
Se está en el caso de un accidente profesional si el trabajador murió a consecuencia de haber sido atropellado por el tranvía en el que viajaba, atenta la circunstancia de que este vehículo era proporcionado por la institución quejosa a sus empleados, para que se transportasen al lugar de sus labores.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4175/50. Petróleos Mexicanos. 15 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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