DESISTIMIENTO, RESOLUCION QUE LO DEJA SIN EFECTO.
La manifestación de desistimiento de los quejosos, ante la Junta de Conciliación de su residencia, de todas las acciones ejercitadas en contra de la empresa, tercera perjudicada, en el amparo tiene que considerarse como el laudo reclamado en que se absolvió a la demandada, de las prestaciones comprendidas en las acciones de que se desistieron expresamente; no los afecta en sus intereses jurídicos y en tal virtud el juicio de amparo resulta improcedente y debe ser sobreseído con arreglo a lo que disponen los artículos 73, fracción VI, y 74, fracción III, de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368879-b40d50c9/desistimiento-resolucion-que-lo-deja-sin-efecto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DESISTIMIENTO ANTE LAS JUNTAS. (s/clave)
- TRABAJO, DESISTIMIENTO DEL JUICIO DE. (s/clave)
- DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE AMPARO. PROCEDE AUN CUANDO ESTÉ PENDIENTE DE RESOLVERSE LA REVISIÓN INTERPUESTA CONTRA LA SENTENCIA DICTADA EN EL JUICIO. (XI.2o.20 K)
- DESISTIMIENTO DEL AMPARO, RATIFICADO EN CONVENIO LABORAL. (s/clave)
- TERCERO PERJUDICADO, IMPROCEDENCIA DEL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE AMPARO RESPECTO AL. (s/clave)
- DESISTIMIENTO DEL AMPARO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis