JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
Para que se dé cumplimiento al artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, es menester que los laudos hagan una valoración de las pruebas, razonando en forma tal, que no deje duda sobre la lógica que rija las conclusiones a que se llegue con el estudio de las mismas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/369331-ff67fc6a/juntas-apreciacion-de-las-pruebas-por-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 94/50. Pego Ansuátegui Francisco. 15 de junio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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