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CONTRATO DE TRABAJO, PRUEBAS DE LA EXISTENCIA DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 369568 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 85

Si bien la Ley Federal del Trabajo reconoce la existencia de un contrato laboral cuando se refiere a la prestación de un trabajo para producir una obra determinada, y que podrá celebrarse en forma verbal siempre que el valor de ésta no pase de cien pesos, también lo es que, cuando dicho valor es mayor, requiere que el contrato se celebre por escrito, aunque la falta de esta formalidad no priva al trabajador de sus derechos, pues es imputable al patrón, de todas maneras el trabajador tiene en juicio la carga procesal de probar el contrato por cualquiera de los medios ordinarios de prueba, y entre estos, aun con el sólo dicho de dos testigos, que pueden ser trabajadores al servicio del patrón, como se desprende de lo que disponen, en concordancia, los artículos 26, fracción IV, 27, in fine, y 31 de la ley citada; y como en la especie no lo hizo el actor y de acuerdo con el artículo 17 de la propia ley no es sólo el elemento "servicio personal" lo que caracteriza el contrato de trabajo, sino también que ese servicio profesional se preste a otra persona bajo la dirección y dependencia de ésta y mediante una retribución convenida, resulta que el reconocimiento del demandado, de un servicio personal del mismo trabajador, en la reparación de un automóvil, es insuficiente para comprobar la existencia de dicho contrato de trabajo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/369568-2337b950/contrato-de-trabajo-pruebas-de-la-existencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 8660/47. Terrazas J. Jesús. 4 de julio de 1949. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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