DEMANDA EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, REQUISITOS DE LA.
Es correcto el laudo de la Junta responsable, que absolvió a la parte demandada, de las prestaciones reclamadas por la actora, con motivo de una enfermedad profesional de ésta, porque su demanda inicial en el conflicto de trabajo se formuló defectuosamente, ya que se precisaron las circunstancias del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional. Ni se enunció en qué consistía el riesgo profesional, ni tampoco se indicaron las consecuencias de ese riesgo; pues el artículo 440 de la Ley Federal del Trabajo, entre las mínimas condiciones que establece para formular las reclamaciones laborales, exige la de precisar los puntos petitorios y los fundamentos de los mismos, de tal suerte que los reclamantes están obligados a enunciar las circunstancias y los hechos que se consideran lesivos de sus intereses y origen de las prestaciones reclamadas, para precisar el contenido de la relación procesal, y así, cuando se piden las prestaciones derivadas de un accidente de trabajo, los actores tienen la obligación de enunciar y precisar los elementos constitutivos del riesgo profesional, en los términos del artículo 285 de la ley anteriormente citada, esto es, indicar la lesión o perturbación orgánica sufrida por el trabajador, la causa exterior ponderable, origen de la lesión o perturbación y que esta causa haya acontecido durante el trabajo, en el ejercicio de él o como su consecuencia; pero si ninguno de estos elementos se enuncian, no puede precisarse cuál haya sido el riesgo profesional, ni menos sus consecuencias. Debe tenerse presente que es precisamente en el primer periodo del juicio, esto es durante la fijación de los términos de la controversia, cuando han de determinarse los hechos que le dan origen y respecto a los cuales, debe decidirse, al pronunciarse el laudo correspondiente, sin que tal fijación pueda hacerse durante el periodo de pruebas, porque éstas tienden únicamente a demostrar la preexistencia de los hechos enunciados.
Nota: Los artículos 440 y 285 que se citan corresponden al 687 y 474 de la legislación vigente, respectivamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/370358-f6aa3b66/demanda-en-el-procedimiento-obrero-requisitos-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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