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Modo: Corpus Pro

PERITOS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, DESERCION DE LA PRUEBA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 371108 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1226

Cuando al actor se le admite la prueba pericial que ofrece, apercibiéndosele para que presente los peritos dentro de los quince días siguientes, y para que de no verificarlo se tendrá por desierta la prueba, ese término no puede empezar a correr si el perito designado por la parte demandada no acepta, si en el acuerdo respectivo claramente se dice que se contará el lapso al día siguiente de la aceptación de los perito. Por tanto, en el caso, el grupo responsable no pudo fundadamente declarar la deserción de la prueba pericial.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371108-b7f81a89/peritos-en-el-procedimiento-obrero-desercion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 2371/45. Aguirre Juan. 1o. de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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