EJECUTORIAS DE LA CORTE, CUANDO NO EXISTE EXCESO O DEFECTO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS.
No tiene aplicación la fracción IX del artículo 95 de la Ley de Amparo, cuando no existe exceso o defecto en el cumplimiento de la ejecutoria pronunciada por esta Suprema Corte de Justicia, ya que si se concedió el amparo a fin de que se repusiera el procedimiento a partir de cierto acuerdo, y se dictara un nuevo laudo, y la Junta responsable dictó acuerdo cumplimentando la indicada ejecutoria, ordenando se repusiera el estado del juicio en la forma aludida, es claro que el fallo de este Alto Tribunal quedó cumplimentado; y si bien puede presumirse cierto que aún no se dicta el laudo correspondiente, la queja no es el recurso idóneo por el que se pueda obligar a la responsable a dictar el laudo que proceda en el procedimiento repuesto, sino el medio ordinario que las partes tienen para gestionar que las autoridades pronuncien sus resoluciones, en los términos previstos por las ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371321-3a5b7fa1/ejecutorias-de-la-corte-cuando-no-existe-exceso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EJECUTORIAS DE LA SUPREMA CORTE, EXCESO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS. (s/clave)
- LAUDOS DICTADOS EN EJECUCION DE UNA SENTENCIA DE AMPARO, RECURSO PROCEDENTE CONTRA LOS. (s/clave)
- LAUDOS DICTADOS EN CUMPLIMIENTO DE EJECUTORIAS DE LA CORTE. (s/clave)
- EJECUTORIAS DE LA CORTE, CUMPLIMIENTO DE LAS. (s/clave)
- SENTENCIAS DE AMPARO, QUEJA POR DEFECTO DE EJECUCION DE LAS. (s/clave)
- QUEJA POR DEFECTO DE EJECUCION. AMPARO IMPROCEDENTE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis