INCAPACIDAD DE LOS TRABAJADORES, MEDIO DE PRUEBA DE LA.
La incapacidad alegada por el trabajador, debe necesariamente ser acreditada mediante la prueba idónea, que lo es la parcial; y si el actor ofreció únicamente la documental, consistente en un certificado expedido por un médico, debe decirse que ese certificado, en forma alguna puede hacer prueba plena, si ni siquiera fue llamado el indicado médico, a rectificar tal documento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/371538-2334d525/incapacidad-de-los-trabajadores-medio-de-prueba-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XCI, página 3319. Indice Alfabético. Amparo 6847/45. Rodríguez Enrique. 21 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Antonio Islas Bravo.
Tomo XCI, página 1594. Amparo directo en materia de trabajo 6709/45. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 21 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Antonio Islas Bravo.
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