CONTRATO DE TRABAJO, EXISTENCIA DEL.
Comprobada la prestación del servicio, debe presumirse la existencia de un contrato de trabajo con todas las características que señala el artículo 17 de la ley de la materia, y si la parte demandada niega que el servicio prestado haya sido en virtud de un contrato de trabajo, entonces debe demostrar que el propio servicio fue prestado como consecuencia de un contrato civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372098-ae260895/contrato-de-trabajo-existencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8234/45. Tenería Huasteca, S. A. 10 de junio de 1946. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis G. Corona.
Jurisprudencia relacionada
- CONTRATO DE TRABAJO, EXISTENCIA DEL. (s/clave)
- CONTRATO DE TRABAJO. PRESUNCIÓN DE SU EXISTENCIA. (52)
- CONTRATO DE TRABAJO. PRESUNCION DE SU EXISTENCIA. (108)
- CONTRATO DE TRABAJO. PRESUNCIÓN DE SU EXISTENCIA.- (103)
- CONTRATO DE TRABAJO, PRUEBA DE LA EXISTENCIA DEL. (s/clave)
- TRABAJO, PRESUNCION DE LA EXISTENCIA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis