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CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA SU ELEVACION A CONTRATOS OBLIGATORIOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 372480 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 310

La convocatoria a las empresas y a los trabajadores de una industria, que tenga por finalidad tratar y discutir la elevación de un contrato a la categoría de obligatorio en esa industria, y a la designación de delegados, a la asistencia a las asambleas correspondientes y demás consecuencias, de ninguna manera puede afectar los intereses jurídicos de esas empresas, puesto que la tramitación del expediente y la convocatoria del caso, para llevar a término la convención obrero-patronal, desde luego no significa la aprobación de la solicitud, y así, los afectados tienen, dentro del procedimiento, la oportunidad de hacer valer los derechos que les otorga el artículo 60 de la Ley Federal del Trabajo, inclusive alegar la incompetencia de la Secretaría del Trabajo y presentar todas las objeciones que juzguen procedentes para la no aprobación del contrato, y sólo en el caso de que llegue a aprobarse, entonces tienen la oportunidad de recurrir en amparo, la resolución respectiva, misma que será la que afecte sus intereses jurídicos, por lo que se está en presencia de la causal prevista en la fracción VI del artículo 73 de la Ley Orgánica de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, que hace improcedente el juicio de amparo, el que, por tanto, debe sobreseerse.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372480-d159c2f8/contratos-colectivos-de-trabajo-improcedencia-del-amparo-contra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo LXXXV, página 2664. Indice Alfabético. Amparo directo 6393/44. Clemente Jacques y Compañía S. A. 17 de julio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXXXV, página 310. Amparo en revisión en materia de trabajo 6391/44. "El Buen Tono", S. A. 12 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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