CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA SU ELEVACION A CONTRATOS OBLIGATORIOS.
La convocatoria a las empresas y a los trabajadores de una industria, que tenga por finalidad tratar y discutir la elevación de un contrato a la categoría de obligatorio en esa industria, y a la designación de delegados, a la asistencia a las asambleas correspondientes y demás consecuencias, de ninguna manera puede afectar los intereses jurídicos de esas empresas, puesto que la tramitación del expediente y la convocatoria del caso, para llevar a término la convención obrero-patronal, desde luego no significa la aprobación de la solicitud, y así, los afectados tienen, dentro del procedimiento, la oportunidad de hacer valer los derechos que les otorga el artículo 60 de la Ley Federal del Trabajo, inclusive alegar la incompetencia de la Secretaría del Trabajo y presentar todas las objeciones que juzguen procedentes para la no aprobación del contrato, y sólo en el caso de que llegue a aprobarse, entonces tienen la oportunidad de recurrir en amparo, la resolución respectiva, misma que será la que afecte sus intereses jurídicos, por lo que se está en presencia de la causal prevista en la fracción VI del artículo 73 de la Ley Orgánica de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, que hace improcedente el juicio de amparo, el que, por tanto, debe sobreseerse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/372480-d159c2f8/contratos-colectivos-de-trabajo-improcedencia-del-amparo-contra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONTRATOS COLECTIVOS, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA DISCUSION PARA LA ELEVACION DE LOS, A LA CATEGORIA DE OBLIGATORIOS. (s/clave)
- CONTRATOS COLECTIVOS, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA DISCUSIÓN PARA LA ELEVACIÓN DE LOS, A LA CATEGORÍA DE OBLIGATORIOS-[TESIS HISTÓRICA].- (13 (H))
- CONTRATO DE TRABAJO, SU ELEVACION A LA CATEGORIA DE OBLIGATORIO, NO AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DE LA EMPRESA. (s/clave)
- CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, LA SIMPLE CONVOCATORIA DE LAS PARTES PARA DISCUTIR LA ELEVACIÓN DE AQUÉL A LA CATEGORÍA DE OBLIGATORIO, NO DA LUGAR AL JUICIO DE GARANTÍAS.- (114)
- CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, LA SIMPLE CONVOCATORIA DE LAS PARTES PARA DISCUTIR LA ELEVACION DE AQUEL A LA CATEGORIA DE OBLIGATORIO, NO DA LUGAR AL JUICIO DE GARANTIAS. (s/clave)
- CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, AMPARO PROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCION QUE LOS DECLARA OBLIGATORIOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis